Jueces y juezas deben realizar audiencias virtuales y notificaciones electrónicas

El presidente de la Corte de Cajamarca, Elard Zavalaga Vargas, exhortó a los jueces y juezas de este distrito judicial que deben dar cumplimiento a la Resolución Administrativa N° 000025-2021-CE-PJ, donde se dispone que del 1 al 14 de febrero todas las audiencias deberán ser virtuales y cuando no se cuente con las condiciones tecnológicas, excepcionalmente, se realicen de manera presencial con todas las medidas de bioseguridad para garantizar la salud tanto de magistrados y las partes del proceso.
También manifestó que todas las notificaciones deberán ser electrónicas a través del SINOE, pudiendo realizarse también las notificaciones físicas que establece la ley, si esto no pone en riesgo la salud de los notificadores/as.
En tal sentido, según la Resolución Administrativa N° 000032-2021-P-CSNJPE-PJ publicada en El Peruano, es imprescindible no suspender la continuidad de audiencias en curso en la forma en que estuvieron llevándose a cabo. Es decir, las audiencias serán en entorno virtual y con el aplicativo de telefonía Google Meet, conforme a la normativa específica, cuya coordinación será de forma íntegra de la manera referida, a fin que no haya desplazamiento físico de juezas, jueces ni de personal.
Solo habrá excepciones para una audiencia presencial, en caso no contar con las condiciones tecnológicas o de conectividad y en situaciones de urgencia, para lo cual deben dotarse los implementos de bioseguridad necesarios. Todo esto será cumplido para juicios orales con el Código Procesal Penal de 2004 (CPP) y el Código de Procedimientos Penales en un número aproximado de cien expedientes. También para todo tipo de audiencias en curso con el CPP (etapa intermedia, prisión preventiva y sus variantes derivadas cese, prolongación, variación, adecuación, control de oficio, etc. y similares).
RETIRO DE EXPEDIENTES
Respecto al retiro de expedientes para el trabajo remoto, los jueces de todas las instancias de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios lo harán a través de un cronograma establecido, para la cual deberá cumplirse el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del Covid-19 en el Trabajo del Poder Judicial. En relación con las notificaciones, estas deberán ser electrónicas a través del Sistema Nacional de Notificaciones Electrónicas (Sinoe), salvo casos excepcionales.
Respecto a la recepción de documentos, la norma señala que será mediante la Mesa de Partes Electrónica (MPE-EJE y no EJE) y aclara, asimismo, que el Expediente Judicial Electrónico sólo está habilitado para la etapa intermedia en los procesos del Código Procesal Penal.

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