
Por Duberlí Rodríguez Tineo – Expresidente del Poder Judicial.
I. Rondas urbanas, Fernando Chuquilín Ramos y contexto social.
Fernando Chuquilín, reconocido presidente de las rondas urbanas de Cajamarca ha sido invitado a la mayoría de congresos de justicia intercultual del poder judicial. Actualmente está muy delicado de salud: cáncer de colon, próstata y diabetes, duerme en el suelo por tener orden de captura. Enfermedades graves que están acreditadas con los certificados e informes médicos que se adjuntaron en el recurso de apelación contra la sentencia que lo ha condenado injustamente a 30 años de pena privativa de la libertad.
No se debe olvidar que las rondas urbanas son una extensión de las rondas campesinas. Se trata de ronderos campesinos que migran a la ciudad y se convierten en ronderos urbanos para ayudar a seguridad ciudadana.
Aunque no tienen una ley de reconocimiento propia, como la tienen las rondas campesinas, existen y cuentan con legitimación social en Cajamarca, en Chiclayo, en San Martín.
No obstante, tienen reconocimiento municipal: El Consejo Provincial de Cajamarca, a través de la Ordenanza Municipal n°390-CMPC del 27.06.2012, reconoce a las rondas urbanas como organización autónoma en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo al Reglamento de Organizaciones Sociales de esta municipalidad, señalando que colaboran en la prevención y resguardo de la seguridad ciudadana en colaboración con la PNP, el Ministerio Público y el Poder Judicial. Y, por consiguiente, se las incorpora al comité provincial de seguridad ciudadana.
Las rondas urbanas no son organizaciones ilegales, no son organizaciones criminales, no son organizaciones terroristas, no son organizaciones clandestinas. Son herramientas que luchan contra la delincuencia.
Fernando Chuquilín Ramos no es líder de una organización delictiva, es líder de una organización que combate el delito.
II. Cargos y descargos respecto a Fernando Chuquilín Ramos.
Se imputa que Fernando Chuquilín Ramos y Ángel Valdez Chilón, privaron de su libertad al agraviado Felizardo Terán Cabanillas en Cajamarca, el 29 de abril de 2018 a eso de las 23.30 de la noche y lo trasladaron al distrito de Llapa donde lo retuvieron hasta el 15 de mayo -17 días- en el local de las rondas campesinas.
Se sostiene, además, que Chuquilín Ramos y Guevara Pérez ordenaron que el agraviado Terán Cabanillas pase cadena ronderil.
Sin embargo, no está probado que Fernando Chuquilín participó en la detención de Felizardo Terán el 29 de abril de 2018. Esto fluye de la propia valoración de la prueba de la sala de juzgamiento -hechos probados y no probados- página 51 –numeral 47, donde se consigna “no se ha probado que el acusado Fernando Chuquilín Ramos haya participado en la intervención del agraviado Felizardo Terán Cabanillas, el día 29.04.2018 a las 23.00 horas aproximadamente, porque la sola sindicación del agraviado no basta. Queda así descartado el primer cargo.
Sí está probado que Chuquilín Ramos participó en la asamblea ronderil del 15 de mayo del 15 de mayo de 2018, pero en condición de invitado por la ronda campesina de Llapa.
Chuquilín Ramos no es dirigente de la ronda campesina de Llapa o de algún comité de base, no era autoridad de ninguna ronda campesina. Como invitado no podía ordenar nada; por tanto, no pudo ordenar la cadena ronderil para el agraviado ni menos tener el control de la detención de Terán Cabanillas.
La Sala de juzgamiento no ha valorado el acta de asamblea rondera del 15.05.2018 donde participa el comisario rural de la Policía Nacional del Perú del distrito de Llapa, Requelme Cotrina Hernández, quien incluso levanta un acta de constatación policial con presencia de familiares y del agraviado Terán Cabanillas.
No existiendo prueba de cargo suficiente que destruya la presunción de inocencia de Chuquilín Ramos, debe ser absuelto de la acusación fiscal y dejarse sin efecto las órdenes de captura emitidas en su contra.
III. Proceso penal no ha aplicado enfoque intercultural para ronderos
Se ha afectado el debido proceso penal en su variante de ausencia de enfoque intercultural: no se ha respetado el Convenio 169 de la OIT, el artículo 149 de la Constitución, el artículo 1 de la Ley de rondas campesinas que reconoce en forma extensiva a las rondas campesinas los derechos de los pueblos indígenas, el Acuerdo Plenario n°01-2009 de las Salas Penales de la corte suprema de justicia.
Tampoco se han aplicado los protocolos para una justicia intercultural del propio Poder Judicial: Protocolo de coordinación entre sistemas de justicia y Protocolo de actuación en procesos judiciales que involucren a comuneros y ronderos, ni menos se ha practicado una pericia antropológica como lo ordenan los referidos protocolos.
La sentencia que condena a Chuquilín Ramos a 30 años de prisión por el presunto delito de secuestro agravado es prevaricadora.
IV. Consideraciones de política criminal
Los jueces del Perú no pueden estar de espaldas a la realidad. No pueden criminalizar a las rondas campesinas, que son reserva moral de la nación. Cajamarca se siente orgullosa que hayan nacido en Chota.
Todos los candidatos a la presidencia de la república para las elecciones del último 11 de abril han reconocido el rol positivo que cumplen las rondas campesinas en la seguridad ciudadana y en la administración de justicia especial.
El candidato vencedor en la primera vuelta, pedro castillo, es rondero, chotano, cajamarquino. La actual presidenta del Congreso de la República, Mirtha Vásquez Chuquilín, cajamarquina ella, ha presentado un proyecto de ley en apoyo y refuerzo a la facultad jurisdiccional de las rondas campesinas.
La Comisión de Pueblos Andinos del Congreso de la República que preside el congresista Lenin Bazán, ya ha dictaminado a favor del proyecto de ley de autoidentificación y registro de la personalidad jurídica de los pueblos indígenas y originarios y pueblos afroperuanos, que incorpora a las rondas campesinas.
Ya se debate en el congreso de la república un nuevo proyecto de ley de coordinación intercultural entre sistemas jurídicos de pueblos originarios y entidades del Estado.
En la sentencia del pleno del Tribunal Constitucional 154/2021 del 20.01.2021, en los fundamentos sobre el rol de las rondas campesinas en la jurisdicción indígena conforme a la Constitución, en los numerales 37 al 43, corrigiendo una postura anterior, establece con meridiana claridad que la jurisdicción comunal de las comunidades campesinas y nativas incorpora a las rondas campesinas.
Interpretando correctamente la ley 27908, el Tribunal Constitucional admite que el legislador ha reconocido la competencia jurisdiccional a las rondas campesinas y que lo dispuesto por la Ley de rondas no colisiona con el artículo 149 de la Constitución cuando estas actúan independientemente de las comunidades campesinas y nativas.
Es muy peculiar el caso de Cajamarca, donde precisamente casi no existen comunidades campesinas y nativas, pero allí nació el 29 de diciembre de 1,976 la primera ronda, en la estancia de Cuyumalca que no es comunidad. Las rondas campesinas autónomas e independientes luego se expandieron por todo el Perú. Hoy hay más de un millón y medio de ronderos en nuestro país.
Por encima de toda esta realidad social y jurídica, lamentablemente la mayoría de jueces se aferran al monismo jurídico, por el que sólo ellos pueden ser jueces. No aceptan el pluralismo jurídico ni el fuero comunal y rondero que está consagrado en la Constitución Política y en el Convenio 169.
Detrás del menosprecio que sienten algunos jueces por la justicia rondera se esconde un profundo y colonial sentimiento racista. Creen que todavía vivimos en la colonia, son los nuevos corregidores y encomenderos, creen que los ronderos por usar poncho, sombrero y ojotas son portadores de una subcultura, de una cultura inferior, incapaces de administrar justicia.
La injusticia estatal que ajusticia a los ronderos pretende sepultar 44 años de justicia rondera. Eso es vivir en otro planeta, no vivir en Cajamarca y en el Perú profundo.
Los ronderos de Cajamarca no son ningún peligro social, por el contrario, son ronderos honrados y valientes, que sin cobrar un centavo arriesgan su vida para combatir la delincuencia y llevan paz social a su comunidad.
