Propietarios de comercios y/o prestadores de servicios que no cumplan las normas, serán sancionados incluso con clausuras permanentes, dependiendo de la falta
Con el fin de asegurar el bienestar de la población y, evitar la propagación de la covid-19 y otras enfermedades contagiosas, que constituyan una emergencia de salud pública, y ante el avance de la variante ómicron en el territorio peruano, y en el marco de la reactivación económica, la Municipalidad Provincial de Cajamarca ha aprobado la ordenanza municipal N° 738 – CMPC.
En ella, se aprueba un nuevo reglamento de ampliación de sanciones; así como obligaciones a las actividades económicas y/o de servicios en el marco de la emergencia sanitaria y estado de emergencia sanitaria nacional, esto dentro de la jurisdicción municipal y en concordancia con las normativas dictadas por el gobierno central.
Entre las obligaciones de los propietarios y/o prestadores de servicios se encuentran: Cumplir con disposiciones y prohibiciones establecidas por el gobierno nacional, no desarrollar actividades económica que se encuentren permitidas, fuera de los horarios establecidos, no permitir el ingreso a personas con síntomas de gripe u otros asociados a enfermedades infecciosas, no permitir el ingreso de personas que no cumplan con el uso de mascarillas, realizar actividades económicas, venta o préstamo de servicios, empleando los equipos de bioseguridad necesarios, no exceder el aforo limitado.
Entre otros, disponer de implementos de bioseguridad, tales como estaciones de lavado de manos, dispensadores de alcohol, etc., y, controlar ingreso de personas que no cuenten con carnet físico o virtual de haber completado su vacunación contra la covid-19.
En dicha ordenanza, que puede ser consultada en la página web oficial de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, también se señala que las infracciones podrían ser sancionadas con clausura temporal, retención, y hasta clausura definitiva, dependiendo de la gravedad de la falta.