ROL DE LA MUNICIPALIDAD DE CAJAMARCA EN LA ATENCIÓN DE LA PROBLEMÁTICA DE LA MUJER CAJAMARQUINA

Escribe: Mg. Nancy Fuentes León

En mayo del 2023, la Municipalidad Provincial de Cajamarca decide cambiar su Reglamento de Organización y Funciones – ROF y su organigrama, faltando así sus competencias y funciones según la normativa vigente nacional e internacional relacionada a salvaguardar los derechos humanos 

de las mujeres y poblaciones vulnerables.

 

Los cambios efectuados por el gobierno provincia de Cajamarca han desaparecido de su organigrama y ROF las oficinas de DEMUNA, OMAPED y CIAM, afectando la Gerencia de Desarrollo Social y Humano y dejando algunas funciones muy escuetas sobre cada una de las áreas, con personal reducido y sin responsabilidad exclusiva para atender a la problemática.

Asimismo, se ha comprobado que no existe ningún proyecto o partida presupuestal que financie alguna política o acción para atender la problemática de la mujer cajamarquina en las dos últimas gestiones locales.

Los cambios en el ROF no armonizan con las competencias y funciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 relacionadas a la cobertura de derechos humanos de las mujeres.

 

Marco internacional de reconocimiento de los derechos de las mujeres

En julio de 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas creó ONU MUJERES, la cual fusionó cuatro instituciones y organismos internacionales. Este organismo es el encargado de acelerar el progreso sobre la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer.

En la Declaración de la Plataforma de Beijing en 1995 se reivindicó los derechos de la mujer como derechos humanos, con el compromiso de aplicar acciones concretas para avanzar en este tema.

El acuerdo número ocho, detalla el marco legal en el cuál la Declaración de la Plataforma de Beijing sustenta la alianza mundial para visibilizar y proteger los derechos de las mujeres:

Defender los derechos y la dignidad humana intrínseca de las mujeres y los hombres, todos los demás propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos, en particular, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño, así como la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer y la Declaración sobre el derecho al desarrollo.

Gobiernos locales, finalidad y competencias relacionadas al abordaje de la problemática de la mujer.

Paradójicamente la Constitución de 1993 le otorga a las municipalidades autonomía política en los asuntos de su competencia, autonomía jurídica que les da legitimidad jurídica en asuntos de los que ya venían haciéndose cargo desde mucho antes. Esta legitimidad les permitió generar una dinámica propia más consensuada con la ciudadanía y que cuenta con la legalidad adecuada.

La Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) establece el marco legal de su definición, autonomía, origen, finalidad, relacionamiento, sujeción a políticas y planes nacionales, así como la delegación de funciones exclusivas y compartidas que responden al objetivo de que la instancia promueva el desarrollo integral.

Según el artículo X de la LOM: “los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental.

La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población”.

Resulta muy significativo, pues sin esta mirada estaríamos enfocando el quehacer de las municipalidades desde las competencias de brindar servicios a la colectividad y perdemos de vista las competencias de promoción del desarrollo local.

Las competencias plasmadas en la LOM, relacionadas a atender las demandas de las mujeres se detallan a continuación:

ARTICULO 84°.- PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCIÓN DE DERECHOS.

Competencia Exclusiva provincial.

■ Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de niños y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores. Así como de los derechos humanos en general, manteniendo un registro actualizado.

Competencia Exclusiva distrital.

■  Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia,  protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación.

■  Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propios y transferidos, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de economía regional y local.

 

Competencia Compartida distrital.

■ Difundir y promover los derechos del niño y del adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participación en el nivel de las instancias municipales.

■ Promover,organizar y sostener, de acuerdo a sus posibilidades, cunas y guarderías infantiles, establecimientos de protección a los niños y a personas con impedimentos y ancianos desvalidos, así como casas de refugio.

■ Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad.

■ Promover y coordinar con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables  la producción de información estadística oficial desagregada por sexo, área geográfica, etnia, discapacidad y edad, entre otras variables, para hacer visible los problemas de desigualdad de género, generacional y discriminación.

■ Apoyo al MInisterio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos, tratados, programas y plataformas de acción en el ámbito internacional relativos al sector (igualdad de género, promoción y protección de poblaciones vulnerables, violencia hacia la mujer, niños, niñas y adolescentes, adopción de niños, niñas y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, migrantes internos, familia y población).

■ El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables promoverá y apoyará la formulación y desarrollo de programas y proyectos regionales y locales para la implementación de las políticas nacionales y sectoriales a su cargo.

 

Vemos entonces, que el detalle de las competencias municipales ya sean exclusivas o compartidas es extenso y amerita que los gobiernos locales asuman estas responsabilidades con la finalidad de poder atender la problemática de la mujer de manera oportuna y eficiente.

Problemática de la mujer cajamarquina en el ámbito de la provincia de Cajamarca.

El 52% de la ciudadanía de la provincia de Cajamarca son mujeres, a pesar de ello su problemática sigue siendo invisibilizada por el gobierno local y los principales actores del territorio.

Analfabetismo (17,9%), violencia (28 de cada 100 mujeres han  sufrido violencia física y 60 de 100 mujeres han sufrido de violencia psicológica), ingresos propios (31.5% sin ingresos propios) y embarazo adolescente son los problemas femeninos más importantes en la provincia.

Hace unos días hemos tenido el cruento asesinato de Mirley Yahaira Urcia Flores a manos de su expareja, ella solicitó orden de alejamiento en cuatro oportunidades, sin embargo el mecanismo de protección no funcionó. Yahaira  deja en orfandad a tres menores de edad.

Municipalidad de Cajamarca realiza cambio en su ROF.

Como si fuera poco, mientras siguen en aumento los crímenes violentos contra mujeres cajamarquinas, denuncias por desapariciones de menores, denuncias de violencia física y emocional, inequidades, embarazos adolescentes y analfabetismo;  la municipalidad provincial de Cajamarca decide cambiar su ROF y eliminar la Subgerencia de Desarrollo Humano y promoción social, quitando tres áreas (DEMUNA, OMAPED y CIAM) y reemplazándola por la Subgerencia de Programas Sociales y Empadronamiento (artículo 97, incisos c y m)  la que contempla algunas de las funciones que quedaron de la depuración que se realizó al ROF de la gestión anterior, la cual contemplaba oficinas con personal a cargo y metas establecidas, evitando abordar directamente la problemática de la mujer y reduciendo a que se establezcan canales de concertación para el abordaje de la problemática con la finalidad de llevar un registro de sucesos y crear instancias de concertación, dejando de lado la intervención directa a dicha problemática.

 

Ejecución Presupuestal en los periodos 2021 al 2023

En la presente tabla podemos observar que la distribución presupuestal del gobierno local de Cajamarca se orienta principalmente a construir vías de comunicación con una inversión de  S/. 28,705,524 (38% del presupuesto asignado para proyectos) y en segundo lugar de importancia el mercado zonal sur con una inversión de S/.22, 618,549.00 (30% del presupuesto asignado para proyectos.

En la tabla también se puede observar que no existe ningún proyecto orientado al desarrollo humano, especialmente al desarrollo de la mujer cajamarquina.

Reflexiones

La visibilización de los derechos de las mujeres no es reciente, ya desde la década de los 70 se visibilizaba esta problemática y es en la Declaración de la Plataforma de Beijing en 1995 cuando 189 Estados Miembros reunidos en China, ratifican el estatus e importancia como hoja de ruta para alcanzar la igualdad de género, el Perú ratificó esta declaración en su momento, la cual sigue siendo vigente hasta el día de hoy.

Con preocupación observamos que la Municipalidad Provincial de Cajamarca ha realizado cambios importantes en su ROF, los cuales no corresponden a la verdadera problemática de la mujer cajamarquina y como ya se observaba en el análisis de los planes de gobierno, la atención a la mujer y poblaciones vulnerables parece no ser una prioridad para este gobierno local.

Observamos con suma preocupación que no existe a la fecha ningún proyecto gestionado en la Municipalidad Provincial que esté programado para este año que ayude a mejorar la calidad de vida de las mujeres en la provincia.

Ahora, más que nunca se necesita un gobierno local comprometido con la problemática de la mujer cajamarquina, un gobierno local que acoja, proteja, denuncie, sensibilice, informe y eso empieza por contar con políticas, estrategias y acciones concretas y reales que ayuden a solucionar la problemática vigente. En este camino se debe contar con una estructura municipal que incluya áreas con presupuesto y personal competente que acompañe a las mujeres y prevenga la violencia hacia ellas y sus grupos familiares.

Es rol de los gobiernos locales fomentar el desarrollo integral del territorio para generar una mejor calidad de vida para todos y todas y eso solamente se logra con acciones concretas.

Desde luego que también necesitamos ciudadanos informados, que elijan bien a sus gobernantes, que sean vigilantes de la gestión y puedan denunciar las ausencias y vacíos, porque el desarrollo integral que necesitamos se construye de manera participativa y se gesta de la apertura y escucha en espacios de concertación como el CCL o la mesa de concertación.

Exhortamos a los funcionarios y políticos de la actual gestión municipal para que reconsideren los cambios que han realizado y al contrario de reducir a su mínima expresión las competencias municipales para abordar la problemática de las mujeres, consoliden áreas fuertes, con presupuesto y con personal idóneo para atender al 52% de ciudadanas que somos las mujeres del territorio.